Cada día se realizan
en el país una gran cantidad de trámites públicos y privados de toda índole, ya
sea de algo simple como solicitar la instalación de un servicio básico, el
estudio para acometidas, hasta cosas más complejas como oficios municipales
para el cambio de dominio de un predio, peticiones crediticias, solicitud de
prescripción de tributos, etc.
Todos estos trámites
por norma general se los realizan por escrito, algunos con la firma del
interesado y en otros casos acompañada con la firma de un profesional del
derecho.
Sea cual fuere el
caso, desde el Centro Jurídico ‘NG&A’
exponemos algunas recomendaciones generales que deben ir en todo tipo de
oficios, solicitudes y peticiones:
1.-Lugar y fecha
2.-Autoridad a quien
va dirigido
3.-Generales de Ley
del solicitante
4.-Exposición clara y
concisa de los motivos o requerimiento del firmante.
5.-En algunos casos,
dependiendo de la complejidad de la petición, se recomienda añadir algunos
argumentos de derecho, es decir la normativa legal vigente en la cual se
fundamenta la petición.
6.-Igualmente,
dependiendo de qué y a quien se esté solicitando, se puede finalizar de dos
formas: a) por la favorable atención que
se digne dar a la presente, de antemano le extiendo mi agradecimiento; y, b)
por ser legal, sírvase atenderme conforme
solicito. Nosotros utilizamos siempre la segunda forma, pues los
requerimientos de nuestros clientes son municipales, de trámites en la
gobernación, CNT, ANT, SRI, entre otras instituciones, y por ende son
peticiones hacia las autoridades cuya obligación es responder el requerimiento,
y no es un favor de ninguna manera.
7.-Firma del
solicitante, con nombres completos y número de cédula.
8.-El oficio,
solicitud o petición deberá ir acompañado de copias simples o certificadas de los documentos
que para cada caso y por Ley se requieran.
9.-Pedir a la persona
de la institución donde vamos a dejar la petición que nos sumille en una copia
simple y/o en otra hoja, el recibido del documento con lugar, fecha, hora y persona
que recibe, para de esta forma dejar constancia de que nuestro trámite ya ha
ingresado y por ende las autoridades deberán tomar cartas en el asunto.
10.-Dar seguimiento
al trámite, ya sea en forma presencial en las ventanillas de la institución, o
llamando al teléfono de atención al cliente o por medio de la página web
institucional.
Puntos
importantes:
-algunas peticiones
se resuelven en el acto, otras requieren seguimiento del trámite
-en algunas
instituciones tienen formatos en PDF u otros, para que el usuario simplemente
los llene
-para ciertas
peticiones es necesario pagar un derecho de todo trámite
-todo funcionario
público está obligado por Ley a recibir las peticiones de un usuario, cliente o
beneficiario, y en el caso de negar el pedido, deberán responder igualmente por
escrito y de forma motivada. Si la solicitud está mal hecha, simplemente se
pedirá corregirla, o similares, pero en ningún caso se podrá negar el derecho
que les asiste a los ciudadanos para dirigir quejas y peticiones a las
autoridades correspondientes.
Para todo tipo de
trámite, público o privado, estamos listos para atenderle. Puede contactarnos
al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; o al whatsapp: 0998725157.
Abg. Nicolás
Gualle
ASESOR
JURÍDICO
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