“OMNIUM POTENTIOR EST SAPIENTIA”, (TODO PODEROSA ES LA SABIDURÍA)

Abg. Nicolás Gualle, 0998725157 Quito - Riobamba - Ecuador

'TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS'

jueves, 13 de octubre de 2022

LETRA DE CAMBIO Y PAGARÉ

“No hay plazo que no se cumpla, ni deuda que no se pague”

La letra de cambio y el pagaré constituyen títulos valores y son una garantía para el pago de una deuda pendiente, ya sea por préstamo de dinero, compra-venta de mercancías, etc.

Para que tanto la letra de cambio como el pagaré tengan validez legal, éstos deben estar bien llenados y contener los siguientes elementos:

LETRA DE CAMBIO

a) La denominación de letra de cambio inserta en el texto mismo del documento y expresada en el idioma empleado para su redacción. Las letras de cambio que no lleven la referida denominación, serán, sin embargo, válidas, si contuvieren la indicación expresa de ser a la orden;

b) La orden incondicional de pagar una cantidad determinada;

c) El nombre de la persona que debe pagar (librado o girado);

d) La indicación del vencimiento;

e) El señalamiento del lugar donde debe efectuarse el pago;

f) El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago (beneficiario);

g) La indicación de la fecha y del lugar en que se gira la letra; y,

h) La firma de la persona que la emite a (librador o girador).

PAGARÉ

a) La denominación del documento inserta en el texto mismo y expresada en el idioma empleado en la redacción del documento;

b) Los pagarés que no llevaren la referida denominación serán, sin embargo, válidos, si contuvieren la indicación expresada de ser a la orden;

c) La promesa incondicional de pagar una suma determinada;

d) La indicación del vencimiento;

e) El lugar donde debe efectuarse el pago;

f) El nombre de la persona a quien o a cuya orden debe efectuarse el pago;

g) La indicación de la fecha y el lugar donde se suscribe el pagaré; y,

h) La firma del que emite el documento (suscriptor).

EFECTOS LEGALES DE LA LETRA DE CAMBIO Y EL PAGARÉ

Tanto la Letra de Cambio como el Pagaré tienen las siguientes características comunes:

1.-Pueden endosarse a una tercera persona

2.-Se puede incorporar un aval en su contenido (garante)

3.-Pueden sacarse COPIAS CERTIFICADAS del documento como respaldo, con igual valor que el original

4.-Se puede levantar protestos por falta de aceptación o de pago

5.-La acción judicial por falta de pago se realiza mediante PROCEDIMIENTO EJECUTIVO

6.-Prescribe su acción de cobro después de transcurridos cinco años desde la fecha de vencimiento

Si requiere asesoría legal para trámites o procesos, puede escribirnos al whatsapp 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com , o agendar una cita en nuestras oficinas de Quito y Riobamba.

ABG. NICOLÁS GUALLE

ASESOR JURÍDICO

ESPECIALISTA EN DERECHO CIVIL, NOTARIAL Y REGISTRAL

sábado, 8 de octubre de 2022

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

El contrato colectivo de trabajo es aquel que se realiza entre el empleador o asociación de empleadores y una o más asociaciones de trabajadores legalmente constituidas. Su objetivo central es establecer las condiciones en las que han de celebrarse en lo sucesivo, entre el mismo empleador y los trabajadores representados por la asociación contratante, los contratos individuales de trabajo.

PERSONERÍA JURÍDICA DE LOS TRABAJADORES

El contrato colectivo de trabajo se puede celebrar:

-en el sector privado, con el Comité de Empresa. Si este no existe, será con la asociación de trabajadores que tenga mayor número de afiliados (más del 50% de trabajadores de la empresa)

-en las entidades del Estado, el contrato colectivo se suscribe con el Comité Central Único (conformado por más del 50% de los trabajadores)

En ambos casos, las asociaciones de trabajadores deben tener sus estatutos respectivos, y sus representantes deben contar con nombramiento legalmente conferido.

En el caso de los empleadores se representan en base al derecho común.

PROCESO DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

1.-La asociación de trabajadores debe presentar el proyecto de Contrato Colectivo al Inspector del Trabajo de la jurisdicción respectiva, quien deberá notificar con su contenido al empleador.

2.-Se realiza la negociación del Contrato Colectivo entre las partes.

3.-En caso de no llegar a un acuerdo dentro de los plazos establecidos por Ley, se convocará a un Tribunal de Conciliación y Arbitraje al cual se someterá el conocimiento y resolución sobre los puntos que no se pusieron de acuerdo en el proyecto de contrato colectivo.

4.-Se desarrolla la Audiencia de Conciliación integrada por el Presidente del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, representantes de trabajadores y empleadores y los vocales.

5.- El acuerdo de las partes obtenido en la Audiencia de Conciliación y la resolución del Tribunal de Conciliación y Arbitraje, tendrán los mismos efectos obligatorios del contrato colectivo de trabajo.

6.-Mientras se presenta, negocia y aprueba el proyecto de contrato colectivo de trabajo, el empleador NO podrá despedir a ninguno de los trabajadores; y, de hacerlo, los trabajadores podrán declararse en huelga.

7.-Finalmente, el Contrato Colectivo de Trabajo debe celebrarse por escrito ante el Director Regional de Trabajo o un inspector del ramo. Se imprimirá por triplicado, quedando un ejemplar por cada una de las partes, y otro en poder de la autoridad ante quien se lo celebre.

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y TIEMPO DE VIGENCIA

El contrato colectivo de trabajo es para la empresa o empresas, establecimientos o dependencias que comprenda, y la circunscripción territorial en que haya de aplicarse.

Su duración puede ser por tiempo indefinido, tiempo fijo y, por el tiempo de duración de una empresa u obra determinada.

La existencia del contrato colectivo tendrá preeminencia sobre los contratos individuales de trabajo.

CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

-Por las causas legalmente previstas en el contrato;

-Por acuerdo de las partes;

-Por la conclusión de la obra, período de labor o servicios objeto del contrato;

-Por muerte o incapacidad del empleador o extinción de la persona jurídica contratante, si no hubiere representante legal o sucesor que continúe la empresa o negocio;

-Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibiliten el trabajo, como incendio, terremoto, tempestad, explosión, plagas del campo, guerra y, en general, cualquier otro acontecimiento extraordinario que los contratantes no pudieron prever o que previsto, no lo pudieron evitar;

-Por disolución o extinción de la asociación contratante, cuando no se constituyese otra que tome a su cargo el contrato celebrado por la anterior.

Si requiere asesoría legal para trámites o procesos, puede escribirnos al whatsapp 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com , o agendar una cita en nuestras oficinas de Quito y Riobamba.

ABG. NICOLÁS GUALLE

ASESOR JURÍDICO

sábado, 1 de octubre de 2022

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

Por la firma del contrato matrimonial se crea una sociedad de bienes entre los cónyuges, a menos que exista pacto escrito en contrario (capitulaciones matrimoniales).

El haber de la sociedad conyugal está compuesto, de acuerdo al Art. 157 del Código Civil, por:

1o.- De los salarios y emolumentos de todo género de empleos y oficios, devengados durante el matrimonio;

2o.- De todos los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucro de cualquiera naturaleza, que provengan, sea de los bienes sociales, sea de los bienes propios de cada uno de los cónyuges, y que se devenguen durante el matrimonio;

3o.- Del dinero que cualquiera de los cónyuges aportare a la sociedad, o durante ella adquiriere; obligándose la sociedad a la restitución de igual suma;

4o.- De las cosas fungibles y especies muebles que cualquiera de los cónyuges aportare al matrimonio, o durante él adquiriere; quedando obligada la sociedad a restituir su valor, según el que tuvieron al tiempo del aporte o de la adquisición; y,

5o.- De todos los bienes que cualquiera de los cónyuges adquiera durante el matrimonio, a título oneroso

DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

La disolución de la sociedad conyugal puede realizarse mediante trámite notarial de conformidad con el Art. 18, numeral 13 de la LEY NOTARIAL en vigencia. En este caso los cónyuges siguen casados, pero sus bienes quedan separados.

También puede llevarse a cabo mediante juicio de divorcio, pues el divorcio disuelve el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges y al mismo tiempo disuelve la sociedad conyugal de bienes.

LIQUIDACIÓN DE LA SOCIEDAD CONYUGAL

Disolución y liquidación de la sociedad conyugal son dos cosas correlacionadas, pero muy distintas.

Para liquidar la sociedad conyugal primero ésta debe estar disuelta. Ya vimos los dos caminos que pueden tomar los esposos para disolver la sociedad conyugal; una vez disuelta dicha sociedad, procede su liquidación que consiste en realizar un inventario del haber de bienes adquiridos por los cónyuges entre la fecha del matrimonio y la fecha de la disolución de la sociedad conyugal ya sea mediante trámite notarial o proceso judicial.

La liquidación de la sociedad conyugal puede realizarse de mutuo acuerdo ante un Notario Público, a libre discreción de las partes y como mejor les convenga; o, en caso de controversia puede realizarse mediante JUICIO DE INVENTARIO seguido de un JUICIO DE PARTICIÓN.

Si requiere asesoría legal para trámites o procesos, puede escribirnos al whatsapp 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com , o agendar una cita en nuestras oficinas de Quito y Riobamba.

ABG. NICOLÁS GUALLE

ASESOR JURÍDICO

ESPECIALISTA EN DERECHO CIVIL, NOTARIAL Y REGISTRAL

Jueves, 19 de octubre de 2023

Jueves, 19 de octubre de 2023

Miércoles, 18 de octubre de 2023

Miércoles, 18 de octubre de 2023

Martes, 17 de octubre de 2023

Martes, 17 de octubre de 2023

Viernes, 15 de septiembre de 2023

Viernes, 15 de septiembre de 2023

Jueves, 14 de septiembre de 2023

Jueves, 14 de septiembre de 2023

Miércoles, 13 de septiembre de 2023

Miércoles, 13 de septiembre de 2023

Viernes, 30 de junio de 2023

Viernes, 30 de junio de 2023

Jueves, 29 de junio de 2023

Jueves, 29 de junio de 2023

Miércoles, 28 de junio de 2023

Miércoles, 28 de junio de 2023

Martes, 27 de junio de 2023

Martes, 27 de junio de 2023

Lunes, 26 de junio de 2023

Lunes, 26 de junio de 2023

Viernes, 12 de mayo de 2023

Viernes, 12 de mayo de 2023

Jueves, 11 de mayo de 2023

Jueves, 11 de mayo de 2023

Miércoles, 10 de mayo de 2023

Miércoles, 10 de mayo de 2023

Martes, 09 de mayo de 2023

Martes, 09 de mayo de 2023

Lunes, 08 de mayo de 2023

Lunes, 08 de mayo de 2023

Viernes, 14 de abril de 2023

Viernes, 14 de abril de 2023

Jueves, 13 de abril de 2023

Jueves, 13 de abril de 2023

Miércoles, 12 de abril de 2023

Miércoles, 12 de abril de 2023

Jueves, 30 de marzo de 2023

Jueves, 30 de marzo de 2023

Miércoles, 29 de marzo de 2023

Miércoles, 29 de marzo de 2023

Martes, 28 de marzo de 2023

Martes, 28 de marzo de 2023

Jueves, 9 de marzo de 2023

Jueves, 9 de marzo de 2023

Miércoles, 8 de marzo de 2023

Miércoles, 8 de marzo de 2023

Martes, 7 de marzo de 2023

Martes, 7 de marzo de 2023

Viernes, 10 de febrero de 2023

Viernes, 10 de febrero de 2023

Jueves, 9 de febrero de 2023

Jueves, 9 de febrero de 2023

Miércoles, 8 de febrero de 2023

Miércoles, 8 de febrero de 2023

Viernes, 13 de enero de 2023

Viernes, 13 de enero de 2023

Jueves, 12 de enero de 2023

Jueves, 12 de enero de 2023

Miércoles, 11 de enero de 2023

Miércoles, 11 de enero de 2023

Viernes, 23 de diciembre de 2022

Viernes, 23 de diciembre de 2022

Jueves, 22 de diciembre de 2022

Jueves, 22 de diciembre de 2022

Miércoles, 21 de diciembre de 2022

Miércoles, 21 de diciembre de 2022

Jueves, 17 de noviembre de 2022

Jueves, 17 de noviembre de 2022

Miércoles, 16 de noviembre de 2022

Miércoles, 16 de noviembre de 2022

Martes, 15 de noviembre de 2022

Martes, 15 de noviembre de 2022

Viernes, 7 de octubre de 2022

Viernes, 7 de octubre de 2022

Jueves, 6 de octubre de 2022

Jueves, 6 de octubre de 2022

Miércoles, 5 de octubre de 2022

Miércoles, 5 de octubre de 2022

Miércoles, 7 de septiembre de 2022

Miércoles, 7 de septiembre de 2022

Martes, 6 de septiembre de 2022

Martes, 6 de septiembre de 2022

Lunes, 5 de septiembre de 2022

Lunes, 5 de septiembre de 2022

Miércoles, 3 de agosto de 2022

Miércoles, 3 de agosto de 2022

Martes, 2 de agosto de 2022

Martes, 2 de agosto de 2022

Lunes, 1 de agosto de 2022

Lunes, 1 de agosto de 2022

Viernes, 3 de junio de 2022

Viernes, 3 de junio de 2022

Jueves, 2 de junio de 2022

Jueves, 2 de junio de 2022

Miércoles, 1 de junio de 2022

Miércoles, 1 de junio de 2022

Miércoles, 4 de mayo de 2022

Miércoles, 4 de mayo de 2022

Martes, 3 de mayo de 2022

Martes, 3 de mayo de 2022

Lunes, 2 de mayo de 2022

Lunes, 2 de mayo de 2022

Martes, 15 de marzo de 2022

Martes, 15 de marzo de 2022

Lunes, 14 de marzo de 2022

Lunes, 14 de marzo de 2022

Sábado, 12 de marzo de 2022

Sábado, 12 de marzo de 2022

Miércoles, 16 de febrero de 2022

Miércoles, 16 de febrero de 2022

Martes, 15 de febrero de 2022

Martes, 15 de febrero de 2022

Lunes, 14 de febrero de 2022

Lunes, 14 de febrero de 2022

Miércoles, 15 de diciembre de 2021

Miércoles, 15 de diciembre de 2021

Martes, 14 de diciembre de 2021

Martes, 14 de diciembre de 2021

Lunes, 13 de diciembre de 2021

Lunes, 13 de diciembre de 2021

Viernes, 29 de octubre de 2021

Viernes, 29 de octubre de 2021

Jueves, 28 de octubre de 2021

Jueves, 28 de octubre de 2021

Miércoles, 27 de octubre de 2021

Miércoles, 27 de octubre de 2021

Sábado, 23 de octubre de 2021

Sábado, 23 de octubre de 2021

Viernes, 22 de octubre de 2021

Viernes, 22 de octubre de 2021

Jueves, 21 de octubre de 2021

Jueves, 21 de octubre de 2021

Viernes, 15 de octubre de 2021

Viernes, 15 de octubre de 2021

Jueves, 14 de octubre de 2021

Jueves, 14 de octubre de 2021

Miércoles, 13 de octubre de 2021

Miércoles, 13 de octubre de 2021

Viernes, 1 de octubre de 2021

Viernes, 1 de octubre de 2021

Jueves, 30 de septiembre de 2021

Jueves, 30 de septiembre de 2021

Miércoles, 29 de septiembre de 2021

Miércoles, 29 de septiembre de 2021

Lunes, 27 de septiembre de 2021

Lunes, 27 de septiembre de 2021

Sábado, 25 de septiembre de 2021

Sábado, 25 de septiembre de 2021

Viernes, 24 de septiembre de 2021

Viernes, 24 de septiembre de 2021

Jueves, 23 de septiembre de 2021

Jueves, 23 de septiembre de 2021

Miércoles, 22 de septiembre de 2021

Miércoles, 22 de septiembre de 2021

Martes, 21 de septiembre de 2021

Martes, 21 de septiembre de 2021

Miércoles, 15 de septiembre de 2021

Miércoles, 15 de septiembre de 2021

Martes, 14 de septiembre de 2021

Martes, 14 de septiembre de 2021

Lunes, 13 de septiembre de 2021

Lunes, 13 de septiembre de 2021

Martes, 7 de septiembre de 2021

Martes, 7 de septiembre de 2021

Lunes, 6 de septiembre de 2021

Lunes, 6 de septiembre de 2021

Viernes, 3 de septiembre de 2021

Viernes, 3 de septiembre de 2021

Viernes, 13 de agosto de 2021

Viernes, 13 de agosto de 2021

Jueves, 12 de agosto de 2021

Jueves, 12 de agosto de 2021

Lunes, 9 de agosto de 2021

Lunes, 9 de agosto de 2021

Miércoles, 4 de agosto de 2021

Miércoles, 4 de agosto de 2021

Martes, 3 de agosto de 2021

Martes, 3 de agosto de 2021

Lunes, 2 de agosto de 2021

Lunes, 2 de agosto de 2021

Sábado, 31 de julio de 2021

Sábado, 31 de julio de 2021

Viernes, 30 de julio de 2021

Viernes, 30 de julio de 2021

Jueves, 29 de julio de 2021

Jueves, 29 de julio de 2021

Lunes, 26 de julio de 2021

Lunes, 26 de julio de 2021

Domingo, 25 de julio de 2021

Domingo, 25 de julio de 2021

Sábado, 24 de julio de 2021

Sábado, 24 de julio de 2021

Viernes, 23 de julio de 2021

Viernes, 23 de julio de 2021

Jueves, 22 de julio de 2021

Jueves, 22 de julio de 2021

Miércoles, 21 de julio de 2021

Miércoles, 21 de julio de 2021

Martes, 20 de julio de 2021

Martes, 20 de julio de 2021

Lunes, 19 de julio de 2021

Lunes, 19 de julio de 2021

Domingo, 18 de julio de 2021

Domingo, 18 de julio de 2021

Sábado, 17 de julio de 2021

Sábado, 17 de julio de 2021

Viernes, 16 de julio de 2021

Viernes, 16 de julio de 2021

Jueves, 15 de julio de 2021

Jueves, 15 de julio de 2021

Miércoles, 14 de julio de 2021

Miércoles, 14 de julio de 2021

Martes, 13 de julio de 2021

Martes, 13 de julio de 2021

Lunes, 12 de julio de 2021

Lunes, 12 de julio de 2021

Sábado, 10 de julio de 2021

Sábado, 10 de julio de 2021

Viernes, 9 de julio de 2021

Viernes, 9 de julio de 2021

Jueves, 8 de julio de 2021

Jueves, 8 de julio de 2021

Miércoles, 7 de julio de 2021

Miércoles, 7 de julio de 2021

Martes, 6 de julio de 2021

Martes, 6 de julio de 2021

Lunes, 5 de julio de 2021

Lunes, 5 de julio de 2021

Sábado, 3 de julio de 2021

Sábado, 3 de julio de 2021

Viernes, 2 de julio de 2021

Viernes, 2 de julio de 2021

Jueves, 1 de julio de 2021

Jueves, 1 de julio de 2021

Miércoles, 30 de junio de 2021

Miércoles, 30 de junio de 2021

Martes, 29 de junio de 2021

Martes, 29 de junio de 2021

Lunes, 28 de junio de 2021

Lunes, 28 de junio de 2021

Domingo, 27 de junio de 2021

Domingo, 27 de junio de 2021

Sábado, 26 de junio de 2021

Sábado, 26 de junio de 2021

Viernes, 25 de junio de 2021

Viernes, 25 de junio de 2021

Jueves, 24 de junio de 2021

Jueves, 24 de junio de 2021

Miércoles, 23 de junio de 2021

Miércoles, 23 de junio de 2021

Martes, 22 de junio de 2021

Martes, 22 de junio de 2021

Lunes, 21 de junio de 2021

Lunes, 21 de junio de 2021

Jueves, 17 de junio de 2021

Jueves, 17 de junio de 2021

Miércoles, 16 de junio de 2021

Miércoles, 16 de junio de 2021

Martes, 15 de junio de 2021

Martes, 15 de junio de 2021

Lunes, 14 de junio de 2021

Lunes, 14 de junio de 2021

Domingo, 13 de junio de 2021

Domingo, 13 de junio de 2021

Sábado, 12 de junio de 2021

Sábado, 12 de junio de 2021

Viernes, 11 de junio de 2021

Viernes, 11 de junio de 2021

Jueves, 10 de junio de 2021

Jueves, 10 de junio de 2021

Miércoles, 9 de junio de 2021

Miércoles, 9 de junio de 2021

Martes, 8 de junio de 2021

Martes, 8 de junio de 2021

Lunes, 7 de junio de 2021

Lunes, 7 de junio de 2021

Viernes, 4 de junio de 2021

Viernes, 4 de junio de 2021

Jueves, 3 de junio de 2021

Jueves, 3 de junio de 2021

Miércoles, 2 de junio de 2021

Miércoles, 2 de junio de 2021

Lunes, 31 de mayo de 2021

Lunes, 31 de mayo de 2021

Sábado, 29 de mayo de 2021

Sábado, 29 de mayo de 2021

Viernes, 28 de mayo de 2021

Viernes, 28 de mayo de 2021

Jueves, 27 de mayo de 2021

Jueves, 27 de mayo de 2021

Miércoles, 26 de mayo de 2021

Miércoles, 26 de mayo de 2021

Martes, 25 de mayo de 2021

Martes, 25 de mayo de 2021

Lunes, 24 de mayo de 2021

Lunes, 24 de mayo de 2021

Viernes, 21 de mayo de 2021

Viernes, 21 de mayo de 2021

Martes, 18 de mayo de 2021

Martes, 18 de mayo de 2021

Lunes, 10 de mayo de 2021

Lunes, 10 de mayo de 2021

Martes, 27 de abril de 2021

Martes, 27 de abril de 2021

Sábado, 3 de abril de 2021

Sábado, 3 de abril de 2021

Lunes, 29 de marzo de 2021

Lunes, 29 de marzo de 2021

Viernes, 26 de marzo de 2021

Viernes, 26 de marzo de 2021

Miércoles, 10 de marzo de 2021

Miércoles, 10 de marzo de 2021

Martes, 9 de marzo de 2021

Martes, 9 de marzo de 2021

Miércoles, 24 de febrero de 2021

Miércoles, 24 de febrero de 2021

Lunes, 25 de enero de 2021

Lunes, 25 de enero de 2021

Viernes, 15 de enero de 2021

Viernes, 15 de enero de 2021

Lunes, 21 de diciembre de 2020

Lunes, 21 de diciembre de 2020

Miércoles, 9 de diciembre de 2020

Miércoles, 9 de diciembre de 2020

Jueves, 12 de noviembre de 2020

Jueves, 12 de noviembre de 2020

Miércoles, 4 de noviembre de 2020

Miércoles, 4 de noviembre de 2020

Jueves, 15 de octubre de 2020

Jueves, 15 de octubre de 2020

Jueves, 8 de octubre de 2020

Jueves, 8 de octubre de 2020

Lunes, 5 de octubre de 2020

Lunes, 5 de octubre de 2020

Martes, 29 de septiembre de 2020

Martes, 29 de septiembre de 2020

Jueves, 17 de septiembre de 2020

Jueves, 17 de septiembre de 2020

Martes, 15 de septiembre de 2020

Martes, 15 de septiembre de 2020

Jueves, 10 de septiembre de 2020

Jueves, 10 de septiembre de 2020

Lunes, 7 de septiembre de 2020

Lunes, 7 de septiembre de 2020

Lunes, 31 de agosto de 2020

Lunes, 31 de agosto de 2020

Jueves, 27 de agosto de 2020

Jueves, 27 de agosto de 2020

Lunes, 24 de agosto de 2020

Lunes, 24 de agosto de 2020

Jueves, 20 de agosto de 2020

Jueves, 20 de agosto de 2020

Lunes, 17 de agosto de 2020

Lunes, 17 de agosto de 2020

Martes, 11 de agosto de 2020

Martes, 11 de agosto de 2020

Lunes, 31 de julio de 2020

Lunes, 31 de julio de 2020

Martes, 28 de julio de 2020

Martes, 28 de julio de 2020

Viernes, 24 de julio de 2020

Viernes, 24 de julio de 2020

Lunes, 20 de julio de 2020

Lunes, 20 de julio de 2020

Lunes, 13 de julio de 2020

Lunes, 13 de julio de 2020

Jueves, 9 de julio de 2020

Jueves, 9 de julio de 2020

Lunes, 6 de julio de 2020

Lunes, 6 de julio de 2020

Viernes, 3 de julio de 2020

Viernes, 3 de julio de 2020

Jueves, 2 de julio de 2020

Jueves, 2 de julio de 2020

Miércoles, 1 de julio de 2020

Miércoles, 1 de julio de 2020

Martes, 30 de junio de 2020

Martes, 30 de junio de 2020

Lunes, 29 de junio del 2020

Lunes, 29 de junio del 2020

Viernes, 26 de junio de 2020

Viernes, 26 de junio de 2020

Jueves, 25 de junio de 2020

Jueves, 25 de junio de 2020

Miércoles, 24 de junio de 2020

Miércoles, 24 de junio de 2020

Centro Jurídico 'Nicolás Gualle y Asociados'

Centro Jurídico 'Nicolás Gualle y Asociados'
Podemos atenderle en nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba; o a través de Internet y demás medios electrónicos.

CONSULTAS POR INTERNET

1.-Nos llamas o escribes:

Teléfono: 0998725157

Email: nicoegaabogacia@gmail.com

2.-Nos envías tu caso, problema o pregunta

3.-Depositas o transfieres $ 30 dólares

4.-Confirmas el depósito

5.-Recibes en tu whatsapp o email una HOJA DE RUTA JURÍDICA

6.-Si algo no queda claro o requieres más información, nos escribes nuevamente sin costo alguno (solo aplica en temas relacionados a la consulta ya cancelada)

CENTRO JURÍDICO ‘NICOLÁS GUALLE Y ASOCIADOS’