Por: Abg. Nicolás Gualle, ABOGADO INMOBILIARIO, QUITO – ECUADOR, ECUATORIANOS RESIDENTES EN EEUU Y EUROPA
A continuación, algunos consejos legales de inquilinato y derecho inmobiliario sobre alquiler de propiedades raíces en Ecuador:
1.-Arrendamiento es un contrato en que las dos partes se obligan recíprocamente, la una a conceder el goce de una cosa, y la otra a pagar por este goce un precio determinado.
2.-El contrato puede ser verbal o escrito, la ley determina cuando procede una u otra modalidad
3.-En predios urbanos el plazo mínimo es de 2 años (existen excepciones)
4.-El canon mensual de arriendo no puede superar el 0,83% del avalúo del predio
5.-La Ley no define un monto específico para la garantía, queda a voluntad de las partes en base a los usos y costumbres geográficas
6.-Los derechos de los inquilinos son irrenunciables
7.-Las reparaciones locativas corresponden unas al arrendador y otras al arrendatario
8.-El subarrendamiento está permitido solo en ciertos casos
9.-Se deben inscribir en una Notaría Pública los contratos que superen el salario básico
10.-Se debe registrar en la Oficina Municipal correspondiente todos los contratos
11.-Los contratos celebrados por escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad, no podrán ser desahuciados (en ciertos casos)
12.-Los contratos de arrendamiento comercial o leasing deben ser inscritos en el Registro Mercantil
13.-Se rigen por la Constitución, Ley de Inquilinato, Código Civil, Ley Notarial, Ley (y Reglamento) de Propiedad Horizontal y, en ciertos casos, Código de Comercio
14.-El contrato puede terminar por convención de las partes contractuales, mediante una Boleta de Notificación Extrajudicial, en sede Notarial, en un Centro de Mediación y Arbitraje, o en el Juzgado de Inquilinato
15.-El contrato de arrendamiento puede ser desahuciado de conformidad con las tres causales establecidas por la Ley
16.-El inquilino puede oponerse al desahucio
17.-El contrato de arrendamiento puede ser convencional o de leasing
18.-En caso de no existir contrato escrito se deberá realizar una Declaración Juramentada firmada por abogado y protocolizada ante Notario Público
19.-Para demandar la terminación del contrato de arrendamiento o cobro de cánones impagos, se deberá acompañar el Certificado de Inscripción Municipal
20.-En las demandas de inquilinato, la parte demandada puede “contrademandar” en la contestación dentro del debido proceso judicial.
Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO INMOBILIARIO








