Un bien jurídico
protegido es un bien material o inmaterial, que se encuentra debidamente
tutelado por el derecho en general, y por el derecho penal en particular.
Algunos bienes jurídicos protegidos son naturales como la vida, la libertad, la
sexualidad, etc., mientras que otros son construcciones histórico-culturales
como por ejemplo la propiedad privada, el Estado, la educación...
Las autoridades judiciales
y administrativas por medio del derecho tratan de proteger los bienes jurídicos
que según la época, el entorno y el contexto, consideren más importantes. Esto
en relación directamente proporcional al sistema económico que rige una
sociedad determinada.
Así por ejemplo, en
la actual estructura económica social, los principales bienes jurídicos
protegidos son: la gran propiedad privada, la burocracia, la vida, entre otros.
Sin embargo en las
constituciones, códigos y leyes de numerosos países en el mundo, muchos bienes
jurídicos que realmente deberían estar protegidos no lo están, o se los tutela en
forma deficiente.
Bienes Jurídicos que
deben protegerse de mejor forma, y taxativamente:
a) EL TRABAJO: el
trabajo es la fuente de toda riqueza, sin excepción. Sin el trabajo mancomunado
de millones de personas, no tendríamos edificios, carreteras, ropa, calzado,
alimentos, medicinas, muebles, electrodomésticos, etc. Por ende, el trabajo
debe ser protegido como un bien jurídico de carácter supremo.
b) LA VIDA: el
derecho a la vida no implica únicamente nacer y existir; sino además contar con
los recursos económicos, sociales y culturales básicos para poder vivir con
dignidad.
c) LA LIBERTAD: la
libertad es un derecho natural y humano intrínseco a toda persona, y debe protegerse
en todas sus formas, principalmente las libertades de pensamiento, expresión,
de organización, de protesta, de trabajo, de emprendimiento, etc.
d) LA SALUD: estar
sano no es simplemente carecer de alguna enfermedad de forma evidente e
instantánea, sino y sobretodo tener un estilo de vida sano, armonioso y óptimo,
lo que implica un aire sano, alimentos sin químicos cancerígenos, tiempo
suficiente para descansar y realizar actividades físicas, etc.
e) LA NATURALEZA: la
naturaleza es anterior a la existencia de la humanidad; tiene sus propias leyes
biológicas y es nuestra principal fuente de vida. Sin embargo, el actual
sistema económico mundial la está devastando, poniendo en serio peligro la
vida, salud e incluso existencia de las futuras generaciones. Como bien
jurídico de carácter supremo debe ser protegido de mejor manera.
f) LA PROPIEDAD PÚBLICA ESTATAL Y
COOPERATIVA: actualmente se protege casi con exclusividad
la propiedad privada empresarial, sin embargo la misma no beneficia sino a aquel
reducido grupo que la detenta. La propiedad pública estatal (mares, ríos,
carreteras, recursos mineros, parques, plazas, servicios básicos, edificios institucionales,
etc.) y cooperativa (una nueva forma de propiedad de tierras y medios de
producción de asociaciones de trabajadores) deben protegerse de forma adecuada.
g) LA ECONOMÍA POPULAR: las
‘Pymes’, pequeñas y medianas empresas, son el eje de casi el 80% de la economía
nacional. En virtud de lo cual, éste bien jurídico debe ser protegido contra
todo aquello que atente su normal funcionamiento y buen desarrollo, como son
los monopolios, oligopolios, corporaciones transnacionales.
h) LA DEMOCRACIA:
democracia no es únicamente ir a votar cada cuatro años por un puñado de
políticos de carrera. La verdadera democracia, implica un nuevo poder del
pueblo, en el que se representen los trabajadores, productores y profesionales.
i) LA FISCALIZACIÓN Y JUSTICIA: no
hay nada que cause mayor daño a la sociedad, que un conjunto de autoridades
públicas envueltas en casos de corrupción y que se ‘tapen’ los delitos entre
ellas. De forma conexa se pierde la capacidad real y ecuánime de impartir
justicia. Todo esto genera severos problemas a una sociedad. Por tal razón, la
fiscalización y la justicia deben estar contemplados como bienes jurídicos
protegidos de forma adecuada.
j) LA SOBERANÍA NACIONAL:
soberanía nacional no es simplemente cantar un himno o jurar una bandera. Implica
principalmente la defensa de los recursos naturales patrios, su población, sus
finanzas, su política, su cultura, contra todo tipo de imperialismo o
colonialismo. Este bien jurídico debe estar supremamente protegido.
Los bienes jurídicos
que deben protegerse son abundantes, y con la evolución histórica y social
pueden cambiar o ampliarse a nuevos.
Hoy por hoy queda
todavía mucho camino por recorrer. La ciencia jurídica si bien han alcanzado un
considerable grado de desarrollo, es insuficiente y deficiente frente a los
nuevos y progresivos requerimientos de la sociedad.
En este sentido desde
el CENTRO JURÍDICO ‘NG&A’,
además de dedicarnos a la ejecución práctica del derecho positivo, queremos
dejar un legado a la doctrina jurídica universal.
Abg. Nicolás
Gualle
ASESOR
JURÍDICO
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