Los abogados en el patrocinio de causas tenemos la OBLIGACIÓN legal y ética de mantener en reserva los datos y documentos de nuestros clientes.
Si bien es algo que generalmente se conoce y sobreentiende en el mundo del derecho, no son pocos los casos en los que algún colega o despacho jurídico cometen errores, imprudencias e incluso actos de mala fe en torno a la información de sus patrocinados.
La Ley es clara y taxativa al respecto:
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
“Art. 20.- El Estado garantizará la cláusula de conciencia a toda persona, y el secreto profesional y la reserva de la fuente a quienes informen, emitan sus opiniones a través de los medios u otras formas de comunicación, o laboren en cualquier actividad de comunicación.”
CÓDIGO ORGÁNICO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL
“Art. 335.-PROHIBICIONES A LOS ABOGADOS EN EL PATROCINIO DE LAS CAUSAS. - Es prohibido a los abogados en el patrocinio de las causas: 1. Revelar el secreto de sus patrocinados, sus documentos o instrucciones;”
LEY DE LA FEDERACIÓN DE ABOGADOS
“Art. 23.-El Tribunal de Honor conocerá y resolverá los siguientes asuntos relativos a los afiliados de los Colegios de Abogados: f) Violación del secreto profesional;”
CONCLUSIÓN
Mantener el secreto profesional no solo es un deber legal y ético de nosotros los abogados, sino que es primordial en la defensa de los intereses de nuestros patrocinados, su integridad moral y tranquilidad. Algo que siempre tenemos presente en base al código deontológico de la profesión y les recordamos a nuestros colegas, clientes y al público en general.
Para consultas, procesos o trámites, puede contactarnos al whatsapp: 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; visitar nuestra página web: centrojuridicongya.blogspot.com , o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Riobamba y Quito.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO
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