En la defensa de nuestros derechos, libertades y garantías jurídicas, es de gran importancia conocer a fondo la Constitución de la República del Ecuador, que es la norma suprema que rige a todo el ordenamiento legal del país.
En los sistemas jurídicos modernos la Constitución de un país está en la cima y todos los demás códigos, leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas, acuerdos, resoluciones deben supeditarse a ésta; es lo que se conoce académicamente como ‘pirámide de Kelsen’ o jerarquía normativa.
Nuestro despacho tiene una posición crítica y analítica respecto de la actual Constitución del país, pues pensamos que se debería estructurar una nueva norma suprema que coadyuve al desarrollo industrial y tecnológico del Ecuador, además de un sistema político basado en asociaciones de trabajadores y productores. Esto será materia de otro ensayo.
Por lo pronto vamos a analizar brevemente la Constitución para que, como abogados, tengamos buenos fundamentos jurídicos y que los clientes y el público en general, puedan orientarse en cuanto a sus derechos.
ESTRUCTURA CONSTITUCIONAL
La Constitución tiene una parte dogmática y una orgánica, la primera corresponde a los fundamentos, tesis y conceptos jurídicos que sustentan el modo de entender, comprender o justificar al Estado y la nación y los derechos ciudadanos; la segunda se refiere a la parte organizativa del poder estatal y de la República en general.
La Constitución está compuesta por un preámbulo, 444 artículos, 30 disposiciones transitorias y una disposición derogatoria.
DERECHOS CONSTITUCIONALES
Los derechos constitucionales están contemplados en el Título II, en sus nueve capítulos:
· Derechos del buen vivir: agua, alimentación, ambiente sano, comunicación e información, cultura, ciencia, educación, hábitat y vivienda, salud, trabajo y seguridad social
· Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, adultos mayores, jóvenes, movilidad humana, mujeres embarazadas, niñas niños y adolescentes, personas con discapacidad, personas con enfermedades catastróficas, personas privadas de libertad, personas usuarias y consumidoras
· Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades
· Derechos de participación
· Derechos de libertad
· Derechos de la naturaleza
· Derechos de protección
GARANTÍAS JURISDICCIONALES
Son mecanismos constitucionales que permiten ejercer los derechos, libertades y garantías contemplados por la norma suprema. Están descritas por el artículo 86 y 87 de la C.R.E.
· LA ACCIÓN DE PROTECCIÓN (Art. 88)
Se puede interponer frente a vulneración de derechos constitucionales por acciones u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas que priven el goce o ejercicio de derechos constitucionales, o contra una persona particular si la violación del derecho provoca daños graves, o presta servicios públicos impropios, entre otros.
· ACCIÓN DE HÁBEAS CORPUS (Art. 89)
Su principal objetivo es que la persona que ha sido privada de su libertad de forma ilegal, arbitraria e ilegítima, ya sea por parte de una autoridad pública o una persona particular; además de proteger la vida e integridad física de las personas privadas de libertad.
Se presenta la acción y el juez deberá convocar a la audiencia dentro de las 24 horas siguientes.
En el caso de materia penal, el recurso se interpondrá ante la Corte Provincial de Justicia.
· ACCIÓN DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (Art. 91)
Tiene por objeto garantizar el acceso a la información pública, cuando ésta ha sido denegada expresa o tácitamente, incluso si la negativa se sustenta en el carácter reservado o confidencial de la misma.
El carácter reservado de la información deberá ser declarado con anterioridad a la petición y además deberá ser realizado por autoridad competente.
· ACCIÓN DE HÁBEAS DATA (Art. 92)
Es un recurso que permite a las personas conocer todos los datos que sobre sí mismas y sus bienes consten en entidades públicas o privadas, ya sea en formato material o electrónico; así como el uso que se haga de ellos, su finalidad, entre otros.
Estos datos personales podrán ser difundidos únicamente por autorización de su titular o por mandato expreso de la Ley.
La persona interesada podrá solicitar la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación.
· ACCIÓN POR INCUMPLIMIENTO (Art. 93)
Su objetivo es garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema jurídico, el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos.
Cuando se interpone este recurso, la norma o decisión que se persigue su cumplimiento debe contener una obligación de hacer o no hacer, clara, expresa y exigible, y se interpondrá ante la Corte Constitucional.
· ACCIÓN EXTRAORDINARIA DE PROTECCIÓN (Art. 94)
Procede contra sentencias o autos definitivos en los que se violenten, ya sea por acción u omisión, los derechos reconocidos en la Constitución. Se lo deberá interponer ante la Corte Constitucional, después que se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal.
ESCTRUCTURA DEL ESTADO ECUATORIANO
El Estado ecuatoriano es definido como un estado “constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada.”
Está conformado por cinco poderes:
· Ejecutivo
· Legislativo
· Judicial
· Trasparencia y control social
· Electoral
Respecto a la organización territorial del Estado, éste se organiza por medio de Gobiernos Autónomos Descentralizados (ya sea a nivel provincial, cantonal o parroquial) y Regímenes Especiales.
Hemos resumido lo máximo posible el contenido de la Constitución de la República del Ecuador, para que tanto colegas como clientes puedan sustentar de mejor manera el ejercicio de los derechos, libertades y garantías.
Esto nos servirá tanto si vamos a iniciar una demanda de protección de derechos constitucionales, como para fundamentar dentro de un proceso civil o penal, e incluso en una modesta petición o reclamo ciudadano sobre temas cotidianos.
Para consultas, procesos o trámites, puede contactarnos al whatsapp: 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; visitar nuestra página web: centrojuridicongya.blogspot.com , o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Riobamba y Quito.
¡Éxitos y salud a todos (as) y a seguir forjando acero!
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR
JURÍDICO
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