El ordenamiento
jurídico contemporáneo se basa en la primacía constitucional, es decir la
Constitución o Carta Marga está por encima de cualquier otra norma legal y
todos los códigos, leyes, ordenanzas, reglamentos y estatutos deben supeditarse
a ésta.
De ahí que es muy
importante conocer los DERECHOS que contempla la Constitución de la República
del Ecuador en tu Título II, ya que solo así podemos argumentar correctamente
nuestros reclamos, peticiones, demandas, etc., cuando exista un derecho
constitucional que sea vulnerado, menoscabado, anulado o cualquier otra situación
que implique perjuicio a nuestros legítimos intereses.
Por razones de
espacio no vamos a transcribir todos y cada uno de los derechos
constitucionales, simplemente los vamos a enumerar en su orden respectivo y con
el artículo al que pertenecen para facilitar su conocimiento y ubicación al
público en general.
CONSTITUCIÓN
DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR
TÍTULO
II
DERECHOS
·
Principios de aplicación de los derechos,
arts. 10 y 11
·
Agua y alimentación, arts. 12 y 13
·
Ambiente sano, arts. 14 y 15
·
Comunicación e información, arts. 16, 17, 18,
19 y 20
·
Cultura y ciencia, arts. 21, 22, 23, 24 y 25
·
Educación, arts. 26, 27, 28 y 29
·
Hábitat y vivienda, arts. 30 y 31
·
Salud, art. 32
·
Trabajo y seguridad social, arts. 33 y 34
·
Derechos de las personas y grupos de atención
prioritaria, art. 35
·
Adultas y adultos mayores, arts. 36, 37 y 38
·
Jóvenes, art. 39
·
Movilidad humana, art. 40, 41 y 42
·
Mujeres embarazadas, art. 43
·
Niñas, niños y adolescentes, arts. 44, 45 y
46
·
Personas con discapacidad, arts. 47, 48 y 49
·
Personas con enfermedades catastróficas, art.
50
·
Personas privadas de libertad, art. 51
·
Personas usuarias y consumidoras, arts. 52,
53, 54 y 55
·
Derechos de las comunidades, pueblos y
nacionalidades, arts. 56, 57, 58, 59 y 60
·
Derechos de participación, arts. 61, 62, 63,
64 y 65
·
Derechos de Libertad, arts. 66, 67, 68, 69 y
70
·
Derechos de la Naturaleza, arts. 71, 72, 73 y
74
·
Derechos de protección, arts. 75, 76, 77, 78,
79, 80, 81 y 82
·
Responsabilidades, art. 83
Como podemos ver los
derechos constitucionales fundamentales están positivados desde el artículo 10
hasta el art. 83 de la Constitución de la República del Ecuador. Si bien no son
realmente aplicados por la mayoría de autoridades centrales y seccionales pues
existen mezquinos intereses en las esferas del poder, todos los abogados y el
público en general debemos manejarlos de forma diestra para luchar por nuestros
derechos, libertades y garantías.
‘Iustitia
est constants et perpetua voluntas ius suum cuique tribuere’: La justicia es la constante y perpetua
voluntad de dar a cada uno lo suyo.
Para consultas,
procesos o trámites, puede contactarnos al whatsapp: 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; o acudir a nuestras oficinas ubicadas
en las ciudades de Riobamba y Quito.
Abg. Nicolás
Gualle
ASESOR
JURÍDICO
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