Cuando se establece un acuerdo entre el empleador y el trabajador para celebrar un contrato de trabajo, existen varias modalidades que deben ser tomadas en cuenta. Esto tiene repercusiones en cuanto a la cantidad y forma de la remuneración, la seguridad social, el tiempo de la jornada, los beneficios de Ley, entre otros aspectos importantes.
A continuación, éstas son las modalidades del contrato de trabajo amparadas por la legislación laboral ecuatoriana:
a) Expreso o tácito, y el primero, escrito o verbal;
b) A sueldo, a jornal, en participación y mixto;
c) Por tiempo fijo, por tiempo indefinido, de temporada, eventual y ocasional;
d) A prueba;
e) Por obra cierta, por tarea y a destajo;
f) Por enganche;
g) Individual, de grupo o por equipo; y,
h) Colectivo
Cada tipo de contrato de trabajo tiene sus propias particularidades y características, sus formas de redacción, suscripción y solemnidades. Conocerlas es muy importante tanto para la seguridad jurídica y tranquilidad del empleador como del trabajador.
Si requiere asesoría jurídica puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com, al whatsapp: 0998725157, o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO
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