Cuando se producen controversias relacionadas al ámbito laboral, ya se trate del empleador o del trabajador, sean del sector público o privado, la o las partes interesadas pueden acudir ante la Inspectoría de Trabajo (entidad administrativa competente) de su jurisdicción respectiva para presentar una queja o denuncia.
En estos casos la Inspectoría del Trabajo puede resolver dichas controversias en el marco de sus atribuciones y competencias establecidas por Ley.
Son atribuciones y competencias del Inspector del Trabajo las siguientes:
1. Cuidar de que en todos los centros de trabajo se observen las disposiciones que, sobre seguridad e higiene de los talleres y más locales de trabajo, establecen el Capítulo "De la Prevención de los Riesgos" y los reglamentos respectivos;
2. Cuidar de que en las relaciones provenientes del trabajo se respeten los derechos y se cumplan las obligaciones que la ley impone a empleadores y trabajadores;
3. Efectuar las visitas a las que se refiere el numeral 5 del artículo 542 del Código de Trabajo;
4. Cerciorarse, por los medios conducentes, tales como la revisión de documentos y registro de las empresas, la interrogación al personal de los establecimientos sin presencia de testigos, etc., del cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias referentes al trabajo, y hacer constar sus observaciones en los informes que eleven a sus respectivos superiores jerárquicos;
5. Conceder o negar el visto bueno en las solicitudes de despido de los trabajadores o de separación de éstos, y, de acuerdo con las prescripciones pertinentes de este Código;
6. Intervenir en las comisiones de control;
7. Imponer multas de acuerdo con las normas del Código de Trabajo;
8. En los casos de acoso laboral, podrá disponer se efectúen las disculpas públicas de quien cometió la conducta; y,
9. Las demás conferidas por la ley y los convenios internacionales ratificados por el Estado.
Para garantizar el ejercicio de sus derechos y evitar errores jurídicos que perjudiquen sus intereses, se recomienda a quienes vayan a la Inspectoría de Trabajo a poner una queja o denuncia, asesorarse previamente con un abogado y, de ser posible, comparecer con su patrocinador.
Si requiere asesoría jurídica puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com, al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO
No hay comentarios:
Publicar un comentario