El 10 de diciembre de 1948 se proclamó la DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, instrumento jurídico de carácter público e internacional que es necesario conocer y defender no solo por parte de los abogados, sino también por la sociedad en general.
Pese a que existe oposición y menosprecio a los DDHH por parte de ciertos Estados, Gobiernos y un sector de la prensa, estos derechos tienen una gran trascendencia en la historia y presente de la humanidad.
Por un lado, los Derechos Humanos son producto de una gran tendencia y lucha de las fuerzas democráticas en la Segunda Guerra Mundial en contra de los regímenes fascistas, nazis y militaristas, lo que marca un precedente progresivo a nivel jurídico.
Por otro lado, constituyen un permanente recordatorio de la esencia y dignidad de los seres humanos, cuyos derechos son intrínsecos a su naturaleza y de carácter inalienable.
CLASIFICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS
1.-Derechos de primera generación
Derechos civiles y políticos, aceptados en los siglos XVIII y XIX.
2.-Derechos de segunda generación
Derechos económicos, sociales y culturales, aceptados en los siglos XIX y XX.
3.-Derechos de tercera generación
Derechos de justicia, paz y solidaridad, aceptados en los siglos XX y XXI
CONTENIDO DE LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
La Declaración Universal de los Derechos Humanos contiene un preámbulo y 30 artículos. Si desea descargar la versión en formato PDF, aquí le dejamos el enlace: https://www.epn.edu.ec/wp-content/uploads/2015/06/Declaracion-DDHH1.pdf
DEFENSA JURÍDICA DE LOS DERECHOS HUMANOS
Todas las personas pueden y deben defender y ejercer sus derechos humanos, tanto en los ámbitos público como privado. Estos derechos incluso están por encima y/o en concordancia con los derechos constitucionales; es decir, si un artículo o sección de la Constitución de la República del Ecuador está en contra o en franca contradicción con los DDHH, prevalecerán estos últimos ya sea ante cortes nacionales o internacionales.
Si bien puede existir algún caso de ‘abuso de derecho’ en cuanto a los DDHH, ese no es el propósito, objetivos ni el espíritu de dicha declaración; en tal situación, simplemente las autoridades competentes, abogados y sociedad en general deberán analizar el caso concreto sin que eso signifique en modo alguno menospreciar o renunciar dichos derechos.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un hito histórico imperecedero, motivo de optimismo y esperanza para el desarrollo del derecho y la sociedad; un peldaño más en el proceso de ‘civilización’ de la humanidad.
Para consultas, procesos o trámites, puede contactarnos al whatsapp: 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; visitar nuestra página web: centrojuridicongya.blogspot.com , o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Riobamba y Quito.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO
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