“Corromper
a uno o dos burócratas es relativamente fácil…; corromper a varios ciudadanos
de distintos estratos sociales es mucho más difícil”
En las últimas semanas
la prensa y canales televisivos han transmitido noticias de ‘jueces’ que dejan
en libertad a conocidos y reincidentes delincuentes, o que han sido sorprendidos
con ‘las manos en la masa’ aceptando u ofreciendo coimas para dictar sentencias
en favor de una de las partes litigantes. Hay muchos casos, pero 3 han causado
conmoción en la opinión pública y ciudadana: el caso del juez de Pastaza; el
del cantón Yantzaza, provincia de Zamora Chinchipe; y, el caso de Guayaquil.
Al respecto, y con
otros antecedentes se puede corroborar que el sistema judicial del país, tal y
como está estructurado, es pésimo y se presta para infinidad de distorsiones.
Lo ideal sería un cambio íntegro del sistema económico, político, social,
cultural y jurídico del Ecuador, y de hecho sucederá dentro de un nuevo ciclo
histórico inevitable. Mientras tanto, vamos a exponer algunos puntos de vista
jurídicos sobre el sistema judicial de jueces y también el que está compuesto
por jurados; y cual podría ser más conveniente para la administración de justicia
en el país.
El
sistema judicial de jueces
Este sistema surge
principalmente de la concepción del Estado y del sistema de justicia
estructurados con la Revolución Francesa de 1789.
El Estado ya no está
representado por reyes y monarcas, sino que se divide en tres poderes:
Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Este último es administrado por jueces y
magistrados.
En cuanto a este
sistema judicial de jueces, en teoría parece bien. En la práctica da lugar a
los compadrazgos, corrupción y demás distorsiones de la justicia.
El problema radica en
que si un solo Juez (Primera Instancia); o un grupo pequeño de jueces (Segunda
y Tercera instancias), son quienes administran justicia, sus ‘votos’ y
decisiones pueden ser ‘compradas’ o ‘inclinadas’ hacia una de las partes
litigantes. Esto lo comprueba la historia no sólo del Ecuador, sino de la gran
mayoría de países que han adoptado este sistema judicial.
El
sistema judicial de jurados
Se va desarrollando
en el Common Law, es decir el sistema legal anglosajón, principalmente
británico y de los países que tuvieron su influencia como EEUU.
Su fundamento
consiste en que un cuerpo colegiado de personas que no son jueces participan en
la administración de justicia, emitiendo un fallo o veredicto en casos
concretos sobre la culpabilidad o inocencia de una persona, o determinando si debe
o no ser sometida a un juicio.
Otra forma similar de
sistema judicial de jurados se estableció en la Unión de Repúblicas Socialistas
Soviéticas, como lo establece el art. 103 de su Constitución de 1936: “Las causas se ven en todos los tribunales
con participación de jurados populares, salvo en los casos previstos
especialmente por la ley.”
Igualmente en la
República Popular China existió el sistema judicial de jurados, como lo
establecía su Constitución de 1954 en el art. 75: “De conformidad con la ley, con ocasión del examen de las causas en los
Tribunales Populares se adoptó el sistema de jurado popular.”
Conclusiones:
En mi opinión
jurídica considero que el sistema judicial más idóneo para administrar justicia
de forma objetiva, imparcial y verdaderamente ecuánime, es el sistema judicial
de jurados, ya que corromper a uno o dos burócratas es relativamente fácil…;
corromper a varios ciudadanos de distintos estratos sociales es mucho más
difícil.
El jurado debería
estar integrado por ciudadanos mayores de edad, honorables, que dediquen su
vida al trabajo, los estudios o el arte y la investigación; podrían
establecerse jurados ad hoc, es decir para cada causa concreta y así que vayan
rotando las personas de una ciudad o población. De esta forma evitamos los
compadrazgos y las corruptelas tan características del sistema judicial de
jueces.
El debate está abierto.
La polémica sólo es útil si sirve para el progreso de una causa, no para
entrabarla.
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consultas, procesos o trámites, puede contactarnos al whatsapp: 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; o acudir a
nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Riobamba y Quito.
Abg. Nicolás
Gualle
ASESOR
JURÍDICO
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