Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157
La posesión efectiva es un trámite que se realiza ante Notario Público para ejercer el derecho de herencia que tienen las personas cuando un ser querido ha fallecido, ya se trate de padres, cónyuges, hijos, hermanos, sobrinos o nietos.
Una vez culminado el trámite se deberá inscribir el ACTA NOTARIAL en el Registro de la Propiedad y Registro Mercantil respectivamente.
BASE LEGAL
-Constitución de la República del Ecuador, Art. 69, numeral 2: “Se reconoce el patrimonio familiar inembargable en la cuantía y con las condiciones y limitaciones que establezca la ley. Se garantizará el derecho de testar y de heredar.”
-Ley Notarial, Art. 18, numeral 12: “Receptar la declaración juramentada de quienes se creyeren con derecho a la sucesión de una persona difunta, presentando la partida de defunción del de cujus y las de nacimiento u otros documentos para quienes acrediten ser sus herederos, así como la de matrimonio o sentencia de reconocimiento de la unión de hecho del cónyuge sobreviviente si los hubiera. Tal declaración con los referidos instrumentos, serán suficientes documentos habilitantes para que el Notario conceda la posesión efectiva de los bienes pro indiviso del causante a favor de los peticionarios, sin perjuicio de los derechos de terceros. Dicha declaración constará en acta notarial y su copia será inscrita en el Registro de la Propiedad correspondiente;”
REQUISITOS
· Minuta firmada por un abogado en libre ejercicio profesional
· Partida de defunción del causante (familiar fallecido)
· Partidas de nacimiento y/o cédulas de los herederos, seas hijos, nietos, padres, cónyuge, hermanos o sobrinos
· Acta de Matrimonio (en el caso de comparecer en calidad de cónyuge sobreviviente)
· Cédulas y papeletas de votación de los peticionarios
· Copia de la credencial del abogado patrocinador
Si requiere asesoría jurídica puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com, al whatsapp: 0998725157, o acudir previa cita a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO
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