lunes, 12 de agosto de 2019

PRESUNCIÓN DE MUERTE POR DESAPARECIMIENTO


Cuando una persona ha desaparecido por un largo periodo de tiempo (dos años o más), -siempre que su desaparición no constituya delito de acción pública-, sus familiares o cualquier persona que tenga algún interés en ello podrá solicitar a un Juez de lo Civil que se la declare muerta por desaparecimiento.
Esto está amparado en los arts. 66, 67 y 68 del Código Civil vigente, y se sustanciará por medio del Procedimiento Ordinario, art. 289 COGEP.
Proceso
Se deben reunir varios requisitos previos:
-Documentos de la persona desaparecida, puede ser cédula de identidad y/o partida de nacimiento
-Certificado de Salida del País o Constancia en el Registro Consular Ecuatoriano de la persona desaparecida, de conformidad con el art. 56 COGEP
-Declaración Juramentada debidamente notariada, en la que se declare sobre el desconocimiento del paradero de la persona desaparecida por más de dos años consecutivos.
-Otras diligencias con las que se pruebe que se han hecho los esfuerzos necesarios para dar con el paradero de la persona desaparecida. Revisar nuestro artículo Búsqueda jurídica de personas
La demanda
La demanda se la realizará ante un Juez de lo Civil del último domicilio que haya tenido la persona desaparecida; el procedimiento es el Ordinario. En la demanda deberá solicitarse que a la persona desaparecida se le cite mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación, de conformidad con lo que determina el numeral 2 del artículo 67 del Código Civil y el artículo 56 del Código Orgánico General de Procesos.
Consecuencias legales
En el caso de ser aprobada la demanda, realizarse todo el trámite legal respectivo y comprobar el desaparecimiento de la persona, el Juez declarará la muerte presunta de la misma, disponiendo la inscripción de la sentencia ejecutoriada en las oficinas del  Registro Civil, Identificación y Cedulación; y, si fuera el caso, ordenará la posesión de los bienes del desaparecido.
También puede interesarle:  Cátedra Jurídica Ecuador
Para consultas, procesos o trámites, puede contactarnos al whatsapp: 0998725157; al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; o acudir a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.
Abg. Nicolás Gualle
ASESOR JURÍDICO

No hay comentarios:

Publicar un comentario