domingo, 26 de abril de 2026

ABOGADO NICOLÁS GUALLE – EXPERTO LEY DE INQUILINATO ECUADOR 2026

Por: Abg. Nicolás Gualle - 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO, QUITO – ECUADOR, ECUATORIANOS RESIDENTES EN EEUU Y EUROPA

En las consultas en mi despacho jurídico cada día veo como muchos arrendadores, arrendatarios e incluso abogados cometen una serie de errores en los CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO, ya sea por desconocimiento de las normas que rigen este tipo de contratos, por intentar “redactar” contratos utilizando IA o ya sea por comprar formatos de papelería. En todos los casos descritos se producen ERRORES LEGALES, VICIOS OCULTOS y LESIÓN DE LEGÍTIMOS INTERESES de una o ambas partes comparecientes.

Para evitar esto debe buscar la ASESORÍA LEGAL DE UN EXPERTO ABOGADO INMOBILIARIO – INQUILINATO; mientras tanto les obsequio algunos conocimientos generales para este tipo de contratos, a saber:

a) El contrato puede ser verbal o escrito, la ley determina cuando procede una u otra modalidad

b) Hay que verificar la legitimación activa de los comparecientes

c) Los contratos de arrendamiento hechos con IA o comprados en papelerías de barrio tienen muchos vicios y errores legales

d) En predios urbanos el plazo mínimo es de 2 años (existen excepciones)

e) El canon mensual de arriendo no puede superar el 0,83% del avalúo del predio

f) La Ley no define un monto específico para la garantía, queda a voluntad de las partes en base a los usos y costumbres geográficas

g) Los derechos de los inquilinos son irrenunciables

h) Las reparaciones locativas corresponden unas al arrendador y otras al arrendatario

i) El subarrendamiento está permitido solo en ciertos casos

j) Se deben inscribir en una Notaría Pública los contratos que superen el salario básico

k) Se debe registrar en la Oficina Municipal correspondiente todos los contratos

l) Los contratos celebrados por escritura pública inscrita en el Registro de la Propiedad, no podrán ser desahuciados (en ciertos casos)

m) Los contratos de arrendamiento comercial o leasing deben ser inscritos en el Registro Mercantil

n) Se rigen por la Constitución, Ley de Inquilinato, Código Civil, Ley Notarial y, en ciertos casos, Código de Comercio

o) El contrato puede terminar por convención de las partes contractuales, en sede Notarial, en el Juzgado de Inquilinato, o en un Centro de Mediación y Arbitraje

p) El contrato de arrendamiento puede ser desahuciado de conformidad con las tres causales establecidas por la Ley

q) El inquilino puede oponerse al desahucio

r) El contrato de arrendamiento puede ser convencional o de leasing

s) No se debe poner en la cláusula de LITIS un candado legal innecesario o una antinomia jurídica

t) Los contratos de alquiler modalidad AIR - BNB tienen sus propias cláusulas

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO INMOBILIARIO

viernes, 17 de abril de 2026

ABOGADO INMOBILIARIO NICOLÁS GUALLE – CERTIFICADOS DE GRAVÁMENES, DE BIENES RAÍCES, COPIAS CERTIFICADAS DE ESCRITURAS PÚBLICAS Y COMPULSAS

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO, QUITO – ECUADOR

Cuando se trata de realizar actos, contratos o declaraciones de voluntad respecto a BIENES RAÍCES, es muy importante contar con DOCUMENTOS que nos permitan conocer una serie de datos e informaciones sobre el predio que va a ser alquilado, vendido, donado, heredado, etc.

Estos documentos son:

1.-CERTIFICADO DE GRAVÁMENES.-Permite conocer cuál es el titular de dominio (propietario) del bien inmueble, su historial de dominio (compraventas anteriores, juicios previos, etc.), y si tiene alguna prohibición de enajenar como hipotecas o demandas inscritas por juicios en curso. Es uno de los documentos más importantes que se deben solicitar para cualquier transacción inmobiliaria. Se lo obtiene realizando el trámite ante el REGISTRO DE LA PROPIEDAD del cantón correspondiente. 

2.-CERTIFICADO DE BIENES RAÍCES.-Este documento permite conocer si una persona tiene propiedades inmuebles a su nombre, y, en caso de tenerlas, cuántas son y dónde están ubicadas. Sirve para procesos de cobranza, alimentos, saneamiento de bienes raíces, cuestiones sucesorias, entre otros casos.

Se lo obtiene realizando el trámite ante el REGISTRO DE LA PROPIEDAD del cantón correspondiente.

3.-COPIAS CERTIFICADAS DE ESCRITURAS PÚBLICAS.-Este documento permite tener una copia del original de una escritura pública que reposa en los archivos de una notaría u otras entidades oficiales. Pero no es una copia simple (que carece de valor legal) sino una copia que, al estar certificada por la autoridad competente, tiene el mismo valor jurídico que el original.

Este documento se lo obtiene en las Notarías Públicas, Archivo Histórico Nacional, Consulados, entre otras dependencias del Estado. Muchas veces requiere una minuta suscrita por un abogado patrocinador.

4.-COPIAS COMPULSAS.-Este documento certifica que una copia es idéntica a una copia previamente certificada, siendo la última copia posible de ese documento.

Se puede utilizar en trámites judiciales, administrativos y notariales. Se solicita ante notarios, consulado, Registro de la Propiedad y Mercantil, entre otros.

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO INMOBILIARIO

martes, 14 de abril de 2026

SE REQUIEREN PASANTES DE DERECHO PARA EL DESPACHO JURÍDICO DEL ABOGADO NICOLÁS GUALLE, EN QUITO – ECUADOR

Requisitos:

·        Estudiantes de leyes (cualquier nivel) dentro del Distrito Metropolitano de Quito

·        Buena presencia

·        Puntualidad

·        Responsabilidad

·        Disponibilidad de horarios rotativos (días y horas alternos según flujo de clientes semanal)

·        Habilidades Sociales y Comunicativas

Labores a desempeñar:

·        Ingreso de Escritos, Citaciones y/o Notificaciones

·        Retiro de documentos

·        Seguimiento de trámites y procesos

·        Recepción y protocolo de clientes 

 

Pago a convenir:

·        Modalidad 1: por gestión realizada

·        Modalidad 2: por semana trabajada

Horarios:

·        Días alternados

·        Horario rotativo

·        Todo según el flujo de clientes de cada día y semana

Ubicación del despacho jurídico:

·        Edificio ZAMORA, una cuadra diagonal al Hotel Colón

Interesados (as) enviar su Currículum Vitae con foto, en formato PDF:

·        Correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com , o al

·        WhatsApp: 0998725157   

“El conocimiento jurídico al servicio de la sociedad”

viernes, 10 de abril de 2026

ABOGADO INMOBILIARIO NICOLÁS GUALLE – 20 ERRORES ARRENDAMIENTO ECUADOR QUE SE DEBEN EVITAR

Por: Abg. Nicolás Gualle – 0998725157, ABOGADO INMOBILIARIO, QUITO – ECUADOR

Cuando se elabora un CONTRATO DE ARRENDAMIENTO generalmente se cometen una serie de errores, vacíos legales y vicios ocultos, lo que acarrea fricciones y problemas legales presentes y futuros. Esto se debe a que estos contratos muchas veces son descargados de alguna página gratuita de internet, hechos con Inteligencia Artificial o incluso comprados en una papelería de barrio.

Para evitar esto, a continuación, enumero los 20 ERRORES DE ARRENDAMIENTO más comunes en Ecuador que se deben evitar:

1.-No verificar la legitimación activa de los comparecientes.

2.-Arrendar por anuncios de internet, sin verificar la objetividad y legalidad de la propiedad.

3.-No saber cuando procede en el arrendamiento el contrato verbal o escrito.

4.-Utilizar como contrato de arrendamiento modelos descargados de Internet, hechos con IA o comprados en papelerías de barrio, con todos los errores y limitaciones que contienen.

5.-Poner un plazo de arrendamiento inferior a lo establecido por la Ley, según sean predios urbanos, urbanos de paso, y rurales.

6.-Cobrar un canon de arrendamiento que supere el límite establecido por la Ley de Inquilinato.

7.-Manejar mal el tema de la garantía, ya sea por exceso, por defecto, o por inejecutabilidad de la misma.

8.-Hacer renunciar sus derechos a los inquilinos.

9.-No saber cuáles reparaciones locativas corresponden al arrendador y cuáles al arrendatario.

10.-El subarrendamiento está permitido solo en ciertos casos.


11.-No inscribir los contratos de arrendamiento ante la autoridad competente y/o entidad pública autorizada según cada caso concreto.

12.-No saber en qué casos y cómo procede el desahucio de inquilinato.

13.-Confundir contrato de arrendamiento convencional con el contrato de arrendamiento “comercial o leasing”.

14.-No saben cuáles son las normas y cuerpos legales que rigen los contratos de arrendamiento.

15.-No conocer las causales de terminación del contrato de arrendamiento.

16.-No conocer ante qué autoridad competente se sustancia cada forma de terminación de un contrato de arrendamiento.

17.-Desconocer la diferencia entre Inscripción Notarial de contrato de arrendamiento y la protocolización de contrato de arrendamiento.

18.-Poner en la cláusula de LITIS un candado legal innecesario o una antinomia jurídica.

19.-Plantear de forma errónea la oposición del desahucio.

20.-Enfocar mal el juicio de inquilinato y el procedimiento de desalojo de predios arrendados. 

Si requiere realizar CONSULTAS, ACTOS, CONTRATOS, PROCESOS O TRÁMITES puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com ; al whatsapp: 0998725157, o acudir a nuestra oficina ubicada en la ciudad de Quito, previa cita.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO INMOBILIARIO