miércoles, 27 de octubre de 2021

ACCIÓN DISCIPLINARIA CONTRA JUECES

Cuando existen diversas infracciones cometidas por los magistrados en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, la ciudadanía y los abogados tenemos el derecho (y en muchos casos el deber) de ingresar una DENUNCIA en el CONSEJO DE LA JUDICATURA respectivo.

Toda esta información y normativa legal la podemos encontrar en el Código Orgánico de la Función Judicial.

Estas infracciones son, entre otras, las siguientes:

·        Reunirse de forma privada con una de las partes o su defensor para tratar asuntos relativos al proceso judicial

·        Agredir de palabra o por escrito a los usuarios de los servicios de justicia

·        Negativa o retardo injustificado en la prestación del servicio que está obligado

·        No remitir la información a que está obligado el servidor judicial

·        No firmar intencionalmente actas, providencias o diligencias judiciales

·        Dejar caducar la prisión preventiva

·        No fundamentar o motivar de forma debida y legal las resoluciones, sentencias

·        No notificar oportunamente providencias, resoluciones, autos y sentencias

·        Introducir extemporáneamente documentos al proceso o sustituirlos, así como mutilar los procesos extrayendo piezas del mismo, aunque no sea para favorecer a una de las partes

·        Intervenir en las causas que debe actuar con dolo, manifiesta negligencia o error inexcusable

·        Solicitar o recibir préstamos en dinero u otros bienes, favores o servicios, que por sus características pongan en tela de juicio la imparcialidad del servidor de la Función Judicial en el servicio que le corresponde prestar

·        Manipular o atentar gravemente contra el sistema informático de la Función Judicial

En estos casos se puede iniciar una denuncia contra el juez o jueza y demás servidores de la Función Judicial que estén implicados.

CONTENIDO DE LA DENUNCIA

1. Nombres y apellidos completos del denunciante;

2. Identificación del servidor o servidores de la Función Judicial denunciados con la indicación de la unidad o dependencia en que presta sus servicios;

3. Un resumen de los hechos denunciados;

4. La infracción disciplinaria imputada con todas sus circunstancias (tener en cuenta que existen infracciones leves, graves y gravísimas)

5. Las normas legales y reglamentarias, circulares o instructivos que se hubieren infringido;

6.  Los medios de prueba que disponga debidamente autenticados o el señalamiento de indicios razonables que permitan presumir la comisión de la infracción disciplinaria; y,

7.  La designación del casillero judicial o dirección electrónica en que ha de ser notificado el denunciante.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA

La acción disciplinaria contra los jueces tiene un tiempo para presentarse, caso contrario la acción prescribe en un plazo de 30 o 60 días e incluso en un año según la gravedad.

Finalmente, tener en cuenta que la iniciación del proceso disciplinario interrumpe la prescripción hasta por un año. Vencido este plazo, la acción disciplinaria prescribe definitivamente y se archiva.

DENUNCIA TEMERARIA O MALICIOSA

Si en el trámite presentado contra un magistrado se ratifica su inocencia y la denuncia en su contra es calificada como temeraria o maliciosa, ya sea por el Pleno o el director provincial del Consejo de la Judicatura, se impondrá al abogado patrocinador una multa de 1 a 3 salarios básicos. 

Si requiere asesoría jurídica sobre cualquier trámite judicial o administrativo, puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com; al whatsapp: 0998725157 o acudir a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

ESPECIALISTA EN DERECHO PROCESAL

sábado, 23 de octubre de 2021

DEMANDA Y/O PETICIÓN JUDICIAL

Todo proceso sometido a la autoridad jurisdiccional (jueces con capacidad de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado), ya se trate de juicios contenciosos, de mutuo acuerdo entre las partes o que se resuelvan sin contradicción, comienza con la correcta ELABORACIÓN Y REDACCIÓN de la DEMANDA Y/O PETICIÓN JUDICIAL.

Este escrito inicial es de gran importancia pues de él dependen cosas como: la aprobación o denegación del trámite, la citación a la contraparte, y principalmente que la pretensión de la parte actora sea exitosa.

Partes de la demanda y/o petición judicial

En el derecho procesal general, dicho documento deberá contener las siguientes partes en su estructura:

·        La designación del juez ante quien se la propone. En este punto hay que tener en cuenta la jurisdicción y competencia de los magistrados

·        Generales de Ley de la parte actora de la demanda y/o petición judicial, además de los datos de su abogado patrocinador, así como casillero judicial. Cuando se actúa en calidad de procurador o representante legal, deberán constar también los datos del representado

·        El número del RUC (en caso de personas jurídicas, o casos específicos)

·        Nombres completos y lugar de citación a la parte demandada. En caso de desconocer esta última información, deberá presentar una serie de documentos certificados ante Notario Público de conformidad con el Art. 56 COGEP para las respectivas citaciones por medios de comunicación

·        Fundamentos de hecho, detallados, clasificados y numerados.

·        Fundamentos de derecho, claros y precisos

·        Anuncio de los medios de prueba (puede ser testimonial, documental y/o pericial). Si dichas pruebas no están en poder de la parte actora, podrá solicitar el acceso judicial a la misma

·        La pretensión clara y precisa que se exige

·        La cuantía del proceso

·        La especificación del procedimiento en que debe sustanciarse la causa: ordinario, contencioso tributario / administrativo, sumario, voluntario, ejecutivo, monitorio

·        Firmas de la parte actora o su procurador y su abogado patrocinador

·        Otros requisitos según casos específicos contemplados en las leyes

Una vez culminada la elaboración / redacción de la demanda y/o petición judicial, se deberán adjuntar los documentos adicionales como cédulas de identidad, papeletas de votación, credencial del abogado patrocinador, y pruebas, entre otros. 

Si requiere asesoría jurídica sobre casos concretos en torno a los procedimientos a aplicar de acuerdo al Código Orgánico General de Procesos, o cualquier trámite judicial o administrativo, puede contactarnos al correo electrónico: nicoegaabogacia@gmail.com; al whatsapp: 0998725157 o acudir a nuestras oficinas ubicadas en las ciudades de Quito y Riobamba.

Abg. Nicolás Gualle

ASESOR JURÍDICO

ESPECIALISTA EN DERECHO PROCESAL